Resumen rápido: Qué vehículos de dos ruedas puedes conducir en España con el carnet de coche B y qué condiciones debes cumplir.
Fuente oficial: DGT · Última actualización: 21/09/2026
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Mucha gente empieza en las motos sin sacarse ningún carnet específico, simplemente con el carnet de coche. Esto es lo que se puede y lo que no.
Motos de 125 cc con el carnet B
Si tienes el carnet B desde hace al menos 3 años, puedes conducir en España motocicletas de hasta 125 cc, con una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso que no supere 0,1 kW/kg.
- Solo es válido en España; en otros países puede no estar reconocido.
- Antes de comprar, comprueba en la ficha técnica que la moto cumple los límites.
- Se recomienda hacer un curso práctico si nunca has conducido una moto.
Ciclomotores (hasta 50 cc)
El carnet B también habilita para conducir ciclomotores de hasta 50 cc y 45 km/h, sin más trámites.
Lo que NO puedes conducir con el B
- Motos de más de 125 cc o con más de 11 kW.
- Motos A2 (hasta 35 kW): necesitas el carnet A2.
¿Merece la pena?
Para moverte por ciudad, es la vía más barata para empezar. Si sabes que querrás más potencia a medio plazo, compara con la opción de sacar el A2: consulta A1 vs A2.
Nota: la normativa de la DGT puede cambiar. Antes de tomar decisiones comprueba los requisitos actuales en la web de la DGT o en tu autoescuela.
