Resumen rápido: Qué equipamiento exige la ley a los motoristas en España y qué cambia con el Real Decreto 518/2026.

Calendario del equipamiento obligatorio en moto: 2026 y 2027
Equipamiento de moto: casco, botas, chaqueta y guantes
Foto: サフィル · CC BY-SA 4.0 · Wikimedia Commons

El equipamiento obligatorio en moto está cambiando. El Real Decreto 518/2026 modifica el Reglamento General de Circulación y añade nuevas obligaciones para motoristas.

Lo obligatorio ahora

  • Casco de protección homologado y bien abrochado.

Novedades desde el 1 de octubre de 2026

  • Guantes de protección obligatorios para conductores y pasajeros de motos y ciclomotores en vías interurbanas.
  • Calzado cerrado obligatorio en todo tipo de vías.
  • Chaleco reflectante obligatorio para los repartidores profesionales en moto.
  • No llevar guantes o calzado cerrado se considera infracción grave, con multa de 200 euros.

Hasta que una orden ministerial defina las especificaciones técnicas de los guantes homologados, se admiten guantes de protección con las características de los actuales.

Casco homologado: 1 de octubre de 2027

La exigencia de que el casco sea homologado (y no solo certificado) se aplaza al 1 de octubre de 2027, según la DGT. Hasta entonces, comprueba que el tuyo lleve la etiqueta de homologación ECE 22.

Lo muy recomendable

  • Chaqueta con protecciones.
  • Pantalón con protecciones.
  • Botas de moto.
  • Airbag, sobre todo si haces carretera.

Fuentes

Comprueba siempre la normativa vigente y sus posibles desarrollos en la DGT.

Novedad: nueva normativa DGT para motoristas desde el 1 de octubre de 2026.